Divorcio Unilateral o de Común Acuerdo: Diferencias
No son dos divorcios distintos: es la misma sentencia pedida de dos formas. Qué cambia de verdad en el trámite, en los plazos y en el costo.
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No son dos divorcios distintos: es la misma sentencia pedida de dos formas. Qué cambia de verdad en el trámite, en los plazos y en el costo.
Leer másDesde agosto de 2015 no hay divorcio por culpa. Qué desapareció del régimen anterior, qué queda y por qué la discusión se corrió a los efectos.
Leer másDe común acuerdo, dos a cuatro meses. Contencioso, de ocho meses a dos años. Qué lo alarga de verdad y por qué el desacuerdo no retrasa la sentencia.
Leer másEl juez del último domicilio conyugal o el del demandado, a elección de quien inicia (art. 717 CCyC). El lugar del matrimonio no cuenta.
Leer másActa de matrimonio, partidas de los hijos, DNI y la propuesta del art. 438 CCyC. Sin esa propuesta el juzgado no da trámite a la petición.
Leer másAl divorcio no puede oponerse: el art. 438 dice que el desacuerdo no suspende la sentencia. Lo que sí se juega es el convenio regulador, y hay plazo para responder.
Leer másLa sentencia no cierra el trámite. El oficio judicial, los datos topográficos del acta y los 10 días hábiles que tarda el Registro Civil de la Ciudad.
Leer másLa aseguradora rechazó su siniestro o no responde. Qué dice la Ley 17.418, el plazo de 30 días del art. 56 y los pasos concretos para reclamar.
Leer másDescubra cómo la mediación puede resolver disputas legales de forma rápida y económica en Buenos Aires. Ventajas, proceso y casos de éxito.
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