Saltar al contenido principal

Derecho de Familia

Proceso de Divorcio en Capital Federal: Requisitos, Plazos y Costos

Dra. Rita Liliana Morrone
10 min de lectura

En Capital Federal el divorcio es incausado: cualquiera de los cónyuges puede pedirlo por sí solo, sin invocar causales ni acreditar un plazo previo de separación (art. 437 del Código Civil y Comercial). Toda petición debe acompañarse de un convenio regulador o de una propuesta reguladora, y el desacuerdo sobre ese contenido no suspende el dictado de la sentencia de divorcio (art. 438 del Código Civil y Comercial). En los Juzgados Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, un divorcio de común acuerdo se resuelve en 2 a 4 meses; uno contencioso, entre 8 meses y 2 años.

En resumen

  • El divorcio en Argentina se decreta judicialmente a petición de ambos cónyuges o de uno solo, sin necesidad de invocar causales ni de cumplir un plazo previo de separación (art. 437, Código Civil y Comercial).
  • Toda petición de divorcio debe presentarse con un convenio regulador o una propuesta reguladora: su omisión impide dar trámite a la petición, y el desacuerdo sobre su contenido no suspende el dictado de la sentencia (art. 438, Código Civil y Comercial).
  • El convenio regulador debe contener la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, la eventual compensación económica y el ejercicio de la responsabilidad parental, en especial la prestación alimentaria (art. 439, Código Civil y Comercial).
  • La regla general respecto de los hijos es el cuidado personal compartido con modalidad indistinta (art. 651, Código Civil y Comercial); cuando el cuidado se atribuye a un solo progenitor, el otro conserva el derecho y el deber de comunicación fluida, hoy denominado régimen de comunicación (art. 652, Código Civil y Comercial).
  • El cónyuge a quien el divorcio le provoca un desequilibrio manifiesto puede reclamar una compensación económica, pero la acción caduca a los seis meses de dictada la sentencia de divorcio (arts. 441 y 442, Código Civil y Comercial).
  • En los Juzgados Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, un divorcio de común acuerdo demora entre 2 y 4 meses; uno contencioso, entre 8 meses y 2 años, según la complejidad del patrimonio y el nivel de conflicto.

¿Cómo funciona el divorcio incausado en Argentina?

Desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, en agosto de 2015, Argentina cuenta con el divorcio incausado, también llamado "divorcio express". Ya no es necesario demostrar causales como adulterio o maltrato, ni cumplir plazos de separación previa: el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos cónyuges o de uno solo de ellos (art. 437 del Código Civil y Comercial). Es decir, cualquiera de los cónyuges puede solicitarlo unilateralmente, sin necesidad del consentimiento del otro.

Esta reforma del derecho de familia simplificó los procedimientos en la Ciudad de Buenos Aires y en todo el país, y desplazó la discusión hacia los efectos del divorcio: la distribución de los bienes, el cuidado personal de los hijos, el régimen de comunicación y la cuota alimentaria (art. 439 del Código Civil y Comercial).

¿Qué tipos de divorcio existen en Capital Federal?

1. Divorcio de común acuerdo (presentación conjunta)

Es el más rápido y económico. Ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse y han llegado a consensos sobre:

  • Atribución del uso de la vivienda familiar
  • Distribución de bienes gananciales
  • Cuidado personal de los hijos (si los hay)
  • Régimen de comunicación (anteriormente llamado régimen de visitas)
  • Cuota alimentaria para hijos y/o cónyuge

En CABA, este tipo de divorcio puede resolverse en 2 a 4 meses, dependiendo de la carga de trabajo de los tribunales.

2. Divorcio contencioso (petición unilateral con desacuerdo)

Cuando no hay acuerdo en alguno de los aspectos mencionados, el divorcio se tramita de manera contenciosa. Uno de los cónyuges presenta la demanda y el otro puede oponerse respecto de las cuestiones patrimoniales o de familia, aunque no puede impedir el divorcio en sí: el art. 438 del Código Civil y Comercial establece que en ningún caso el desacuerdo sobre el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio.

Los plazos en estos casos son más extensos: pueden durar entre 8 meses y 2 años en Capital Federal, según la complejidad del patrimonio y el nivel de conflicto.

¿Qué requisitos hay que cumplir para divorciarse en Capital Federal?

Para iniciar el trámite de divorcio en Capital Federal, debe cumplir con estos requisitos básicos:

  1. Matrimonio válido: Debe estar legalmente casado según las leyes argentinas o extranjeras reconocidas
  2. Competencia territorial: Uno de los cónyuges debe tener domicilio en CABA, o haber celebrado el matrimonio en la Ciudad
  3. Patrocinio letrado: Es obligatorio contar con un abogado matriculado en CABA
  4. Documentación completa: Acta de matrimonio, DNI, documentación de bienes e hijos

¿Qué documentación hay que presentar para iniciar el divorcio?

Para iniciar el divorcio en los tribunales de familia de Buenos Aires, deberá presentar:

  • Partida de matrimonio actualizada (emitida dentro de los últimos 90 días)
  • DNI de ambos cónyuges
  • Actas de nacimiento de los hijos menores de edad (si los hay)
  • Constancia de domicilio de ambos cónyuges
  • Convenio regulador (en divorcios de común acuerdo)
  • Declaraciones juradas de bienes
  • Títulos de propiedad de bienes inmuebles
  • Información sobre cuentas bancarias, inversiones y vehículos

¿Cuál es el paso a paso para divorciarse en Capital Federal?

Etapa 1: Consulta con Abogado Especializado

El primer paso es consultar con un abogado especializado en derecho de familia en Buenos Aires. El profesional evaluará su situación particular, le informará sobre sus derechos y las mejores estrategias según su caso.

Etapa 2: Negociación y Convenio Regulador

Si ambos están de acuerdo, se redactará un convenio regulador. Según el art. 439 del Código Civil y Comercial, debe contener las cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges y el ejercicio de la responsabilidad parental, en especial la prestación alimentaria. En la práctica se detalla así:

  • Atribución de la vivienda: Quién continuará viviendo en el hogar conyugal
  • Partición de bienes: Cómo se dividirán los bienes gananciales (adquiridos durante el matrimonio)
  • Régimen de cuidado personal: Si será compartido, exclusivo o indistinto
  • Régimen de comunicación: Días y horarios en que el progenitor no conviviente estará con los hijos (art. 652 del Código Civil y Comercial)
  • Alimentos: Monto de la cuota alimentaria, forma de pago y actualización

Etapa 3: Mediación Previa (si corresponde)

En algunos casos, especialmente cuando hay desacuerdos menores, puede ser recomendable realizar una mediación previa. Este proceso voluntario facilita el diálogo y puede evitar un juicio prolongado.

Etapa 4: Presentación de la Demanda

Su abogado presentará la demanda de divorcio ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil que corresponda por sorteo. En la Ciudad de Buenos Aires, los divorcios tramitan ante los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Civil con competencia en asuntos de familia.

Etapa 5: Traslado y Contestación

El juez ordenará notificar al otro cónyuge. En divorcios de común acuerdo, ambos ratifican el convenio. En divorcios contenciosos, el demandado tiene 15 días para contestar la demanda.

Etapa 6: Audiencia

El juez convoca a una audiencia obligatoria donde intenta acercar posiciones. Si hay hijos menores, el juez evaluará especialmente que el acuerdo proteja su interés superior.

Etapa 7: Sentencia de Divorcio

Una vez homologado el convenio o resueltas las cuestiones en disputa, el juez dicta la sentencia de divorcio. Esta sentencia disuelve el vínculo matrimonial y debe inscribirse en el Registro Civil.

Etapa 8: Inscripción en el Registro Civil

El último paso es inscribir la sentencia en el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires. Desde ese momento, ambos cónyuges quedan legalmente divorciados y pueden contraer nuevas nupcias si lo desean.

¿Cómo se dividen los bienes en el divorcio?

Liquidación de la Sociedad Conyugal

El matrimonio bajo el régimen de comunidad de ganancias (el más común en Argentina) implica que todos los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges en partes iguales, salvo excepciones.

Los bienes gananciales incluyen:

  • Inmuebles adquiridos durante el matrimonio
  • Vehículos
  • Muebles y electrodomésticos
  • Cuentas bancarias y inversiones
  • Aportes a fondos de pensión y jubilación
  • Derechos de propiedad intelectual generados

Los bienes propios (recibidos por herencia, donación o adquiridos antes del matrimonio) no se dividen.

Compensación Económica

Uno de los aspectos más importantes de la reforma de 2015 es la compensación económica del art. 441 del Código Civil y Comercial: el cónyuge a quien el divorcio le produce un desequilibrio manifiesto que empeora su situación y que tiene por causa adecuada el vínculo matrimonial y su ruptura tiene derecho a una compensación, que puede consistir en una prestación única, en una renta por tiempo determinado o, excepcionalmente, por plazo indeterminado.

El plazo es breve y conviene tenerlo presente: la acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de dictada la sentencia de divorcio (art. 442 del Código Civil y Comercial).

A falta de acuerdo entre los cónyuges, el juez fija la procedencia y el monto de la compensación económica según las pautas del art. 442 del Código Civil y Comercial, que no son taxativas. Entre otras circunstancias, los Juzgados Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires consideran:

  • Edad y estado de salud de los cónyuges
  • Dedicación al cuidado del hogar y los hijos
  • Capacitación laboral y posibilidades de empleo
  • Duración del matrimonio
  • Colaboración en la carrera o actividad profesional del otro

¿Cómo se resuelven el cuidado personal y la cuota alimentaria de los hijos?

Cuidado Personal

El cuidado personal compartido es la regla general en Argentina desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial en 2015: el art. 651 dispone que el juez debe otorgar como primera alternativa el cuidado compartido con modalidad indistinta, salvo que no sea posible o resulte perjudicial para el hijo. Ambos progenitores participan activamente en la crianza y en la toma de decisiones importantes, en ejercicio de la responsabilidad parental.

Puede ser:

  • Alternado: Los hijos pasan períodos con cada progenitor
  • Indistinto: Ambos progenitores viven juntos con los hijos o tienen residencias muy cercanas
  • Unilateral: Solo en casos excepcionales, cuando el interés superior del niño lo requiere (art. 653 del Código Civil y Comercial)

Cuota Alimentaria

El progenitor que no convive permanentemente con los hijos debe abonar una cuota alimentaria. La obligación alimentaria de ambos progenitores se extiende hasta los 21 años del hijo, salvo que el obligado acredite que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo (art. 658 del Código Civil y Comercial). En la práctica de los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires, la cuota suele representar entre el 20% y el 30% de los ingresos netos del alimentante por hijo, aunque el porcentaje no está fijado por ley y varía según las circunstancias del caso.

Según el art. 659 del Código Civil y Comercial, la cuota alimentaria comprende los gastos de:

  • Manutención
  • Educación
  • Vestimenta
  • Asistencia y gastos por enfermedad
  • Esparcimiento
  • Habitación
  • Los necesarios para adquirir una profesión u oficio

Todos ellos se determinan conforme a la condición y fortuna de ambos progenitores (art. 659 del Código Civil y Comercial).

¿Cuánto cuesta divorciarse en Capital Federal?

Publicar una tabla de importes en pesos sería engañoso: la inflación argentina la desactualiza en meses. Lo útil es entender de qué se compone el costo y cuál es la unidad en la que se mide.

Honorarios del abogado: se miden en UMA, no en pesos

En la Justicia Nacional los honorarios se rigen por la Ley 27.423 y se expresan en Unidades de Medida Arancelaria (UMA), cuyo valor actualiza periódicamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Desde el 1.º de mayo de 2026 la UMA equivale a $100.173 (Resolución 1718/26 de la CSJN). Ese es el parámetro que conviene pedir en cualquier presupuesto: cuántas UMA, no cuántos pesos.

Un divorcio de común acuerdo, en el que ambos cónyuges firman el convenio regulador y no hay bienes en disputa, insume una fracción de las UMA que demanda un divorcio contencioso con prueba, peritos e incidentes sobre alimentos o atribución de la vivienda. La diferencia entre uno y otro suele ser de varias veces.

Los demás rubros

  • Tasa de justicia: la fija y actualiza el Poder Judicial de la Nación.
  • Partida de matrimonio actualizada y su posterior inscripción en el Registro Civil, con los aranceles vigentes del organismo.
  • Honorarios de peritos, solo si el caso los requiere: aparecen en los divorcios contenciosos, no en los de común acuerdo.
  • Mediación previa, cuando corresponda por las cuestiones patrimoniales conexas.

La forma barata de divorciarse es ponerse de acuerdo. El grueso del costo no lo genera el divorcio en sí —que es incausado y no admite oposición— sino la discusión sobre sus efectos. En una consulta inicial estimamos el costo de su caso concreto sobre los valores vigentes.

¿Cuánto tarda un divorcio en Capital Federal?

  • Divorcio de común acuerdo sin hijos: 2 a 3 meses
  • Divorcio de común acuerdo con hijos: 3 a 5 meses
  • Divorcio contencioso simple: 8 a 12 meses
  • Divorcio contencioso complejo: 1 a 3 años

Los plazos pueden extenderse si hay apelaciones o incidentes procesales.

¿Qué pasa con el apellido después del divorcio?

Con la reforma del Código Civil y Comercial, cada persona conserva su apellido tras el matrimonio. Por lo tanto, el divorcio no afecta el nombre de ninguno de los cónyuges.

Si uno de los cónyuges había añadido el apellido del otro (práctica que aún existe), puede solicitar la supresión tras el divorcio.

¿Qué errores conviene evitar durante un divorcio?

  1. No declarar todos los bienes: Ocultar patrimonio puede derivar en sanciones y pérdida de derechos
  2. Firmar acuerdos sin asesoramiento: Un convenio mal redactado puede perjudicarlo durante años
  3. Usar a los hijos como herramienta de presión: Esto es sancionado por los tribunales y afecta gravemente a los menores
  4. Dejar pasar el tiempo sin actuar: La prescripción puede hacer perder derechos patrimoniales
  5. No actualizar la documentación: Cambios en cuentas bancarias, obras sociales, seguros, etc.

¿Qué hacer si hay violencia familiar antes de iniciar el divorcio?

Si existe violencia doméstica, es fundamental tomar medidas urgentes antes de iniciar el divorcio. En Capital Federal puede:

  • Solicitar medidas preventivas urgentes, como la exclusión del hogar del agresor, en los términos de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres
  • Denunciar en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación - Lavalle 1250, CABA - atención las 24 horas, todos los días del año
  • Llamar a la Línea 144 de atención a víctimas de violencia por razones de género (gratuita, confidencial y disponible las 24 horas)
  • Solicitar un botón antipánico

El juez puede decretar medidas cautelares inmediatas para proteger a la víctima y los hijos.

Preguntas Frecuentes sobre Divorcio en CABA

¿Puedo divorciarme si mi cónyuge está en el extranjero?

Sí, puede iniciar el divorcio en Capital Federal si usted tiene domicilio en CABA o si se casaron aquí. La notificación al cónyuge en el extranjero se realiza mediante exhorto internacional o correo internacional con aviso de recibo.

¿Es más rápido el divorcio online?

No. El llamado "divorcio online" no acorta los plazos: sigue exigiendo intervención judicial y sentencia del juez. Las audiencias virtuales, implementadas durante la pandemia, permanecen como opción en los Juzgados Nacionales en lo Civil, pero los plazos son similares a los del proceso presencial.

¿Puedo cambiar el régimen de comunicación (antes llamado régimen de visitas) después del divorcio?

Sí. El régimen de comunicación regulado en el art. 652 del Código Civil y Comercial puede modificarse siempre que cambien las circunstancias que se tuvieron en cuenta al fijarlo. La modificación se tramita mediante un incidente en el mismo expediente del divorcio o en un expediente nuevo.

¿Qué pasa si mi ex no cumple con la cuota alimentaria?

Puede iniciar la ejecución de la cuota alimentaria y solicitar el embargo de cuentas bancarias, la retención de haberes al empleador o la inscripción del deudor en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 269 CABA). En casos graves puede configurarse el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, previsto en la Ley 13.944.

Recursos y organismos oficiales en la Ciudad de Buenos Aires

Conclusión

El proceso de divorcio en Capital Federal, aunque simplificado desde 2015, requiere asesoramiento legal especializado para proteger sus derechos patrimoniales y garantizar el bienestar de sus hijos. Cada caso es único y presenta desafíos específicos relacionados con la distribución de los bienes gananciales, el cuidado personal de los hijos y las obligaciones alimentarias.

En Morrone Abogados, contamos con amplia experiencia en derecho de familia en Buenos Aires, ayudando a nuestros clientes a atravesar este proceso difícil con la mayor celeridad posible y defendiendo sus intereses con profesionalismo y empatía.

Si está considerando divorciarse o ya inició el proceso, no dude en contactarnos para una consulta. Analizaremos su situación particular y le brindaremos una estrategia clara para alcanzar la mejor solución posible.

Aviso legal. Este artículo tiene finalidad exclusivamente informativa y refleja el estado de la normativa a septiembre de 2026. No constituye asesoramiento legal ni genera relación abogado-cliente. Cada caso depende de sus circunstancias particulares. Para una evaluación de su situación, consulte con un profesional matriculado.

Etiquetas:

#divorcio #familia #Capital Federal #CABA #trámites
D

Dra. Rita Liliana Morrone

Abogada especializada en derecho civil, comercial y de familia. Más de 15 años de experiencia asesorando a clientes en Buenos Aires y Capital Federal.

Ver perfil completo

¿Necesita Asesoramiento Legal?

Nuestro equipo de abogados especializados está listo para ayudarle. Solicite una consulta y obtenga orientación profesional sobre su caso.